La resolución establece la obligatoriedad para propietarios, poseedores o tenedores de inmuebles de mantener en condiciones de limpieza, desmalezado y conservación las veredas, cercos vivos y baldíos. El objetivo es prevenir riesgos sanitarios, de seguridad y ambientales, ya que el abandono de estos espacios afecta la calidad de vida comunitaria.
Entre los puntos principales:
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La limpieza debe respetar la vegetación del suelo y no usar elementos químicos prohibidos.
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Los cercos vivos deben mantenerse a una altura máxima de 2 metros y las veredas con un ancho libre de 50 cm.
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La comuna podrá intimar y aplicar multas, y si el incumplimiento persiste, procederá a realizar las tareas con cargo al propietario.
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Se otorga un plazo de 5 días hábiles desde la intimación para realizar los trabajos.
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La medida complementa la Ordenanza 017/2023.